El año pasado realizamos las obras en la comunidad de propietarios a las que nos obligaba la ITE del Ayuntamiento. A los dos meses aparecieron unas humedades en la fachada provenientes de la obstrucción de una bajante de pluviales. La arquitecta que llevo la dirección facultativa de la ITE nos indico que debíamos descubrir el codo de la bajante para hacer la reparación y poder reclamar a la constructora por si hubiera sido culpa suya la obstrucción de la bajante, ya que se había substituido el canalon de la fachada. El codo de la bajante se encuentra en el muro del edificio, dentro de un piso y no se puede acceder a través de la fachada, ya que esta a bastante profundidad. Los dueños del piso donde se encuentra el codo se niegan a que se acceda por su piso y han exigido que se modifiquen las pluviales y se saquen por el exterior de la fachada a pesar de que la arquitecta nos indico que no se podía hacer porque la fachada está protegida por su antigüedad y no se puede alterar. Convencieron al número suficiente de vecinos para que se aprobara la obra y presentaron un presupuesto, que se aprobó en una junta en febrero. A los dos meses nos pasaron una nota informativa en la que ese presupuesto inicial se había doblado, con las cantidades de derrama que correspondían a cada vecino y 8 meses después no se ha hecho nada porque el ayuntamiento todavía no ha dado el permiso para la realización de las obras en la fachada, ni parece que lo vaya a dar.
Yo quiero saber si es legal que la junta adopte un acuerdo que va contra las ordenanzas municipales y si estoy obligada a pagar las derramas, ya que me negué a que se realizara la obra y así consta en acta por considerar que la reparación no podía hacerse como se empeñaban esos vecinos (los del por mi casa no se pasa). No me niego a que se repare lo que esté roto, pero creo que habría que hacerlo como nos indico la arquitecta que es la que conoce la casa o buscar otra solución para no alterar la fachada. El importe total de las derramas que me corresponde es de más de 7 mensualidades ordinarias a pagar en 5 meses. Me pasaron una primera derrama y le indique a la administradora que no me pasara más, porque no quería pagar las obras. No me han vuelto a pasar más derramas, pero aparezco en la lista de morosos en la próxima convocatoria de junta. Le he dirigido un escrito a la administradora indicándole que no estaba de acuerdo, porque considero que las obras no son exigibles, al realizarse una modificación de una instalación y al ser el importe total superior a las 3 mensualidades de gastos corrientes.
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